Las cortes de California pueden emitir una orden para asegurarse de que alguien se aleje de usted. Esto se hace al aplicar una orden de restricción. También es comúnmente llamada orden de protección. Una orden restringe a alguien a tener contacto con su víctima alegada. Es usualmente llamada cómo una orden de alejamiento y requieren estar alejados al menos 100 yardas de la otra persona por el tiempo de duración de la orden. Si la orden es violada, puede resultar en un arresto y un tiempo en prisión.

Las órdenes pueden incluir comportamientos específicos que están prohibidos. Muy seguido, esto incluye mudanzas, acoso, molestia, o comunicarse con la otra persona. También se puede obtener la custodia de uno de los padres si el otro es acusado de abuso en una orden. Algunas también incluyen el lenguaje que prohíbe tener armas o prohibir al sujeto la entrada a ciertos negocios o zonas escolares.

Hay tres tipos principales de órdenes de restricción en California. Estas son:

1) Orden de Restricción Temporal (TRO)

Cualquiera puede presentar una solicitud para una TRO si son víctimas de violencia, indicios de violencia, abuso, violencia doméstica, o acoso. Estas órdenes son presentadas en la Suprema Corte y duran entre 10 y 25 días. No hay costo para presentar una orden de restricción. El propósito es ofrecer protección a la víctima antes de que la corte haga la audiencia del caso completo. Hay cuatro tipos diferentes de órdenes de restricción que usted puede pedir:

  1. Orden de Restricción por Violencia Doméstica: esta es para la gente que ha sido abusada por alguien con quien tenga una relación personal. Esto puede ser matrimonio, parejas de hecho, unión libre, o citas. También puede ser con algún miembro cercano de la familia cómo un hijo, abuelo, o suegros.
  2. Abuso de ancianos o adultos dependientes: cualquier persona entre las edades de 18 y 64 con ciertas habilidades mentales o físicas puede presentar esta. También puede ser solicitada por cualquiera que tenga más de 65 años. Las pruebas deben mostrar que usted es la víctima de alguien por abuso cómo negligencia, abandono, abuso mental o físico, depravación, o mal manejo financiero.
  3. Orden de Restricción por Violencia en el Trabajo: un empleador puede buscar este tipo de orden en nombre de su empleado. El empleado debe ser una víctima en el trabajo o de serio acoso, violencia, o un creíble trato de violencia.
  4. Acoso Civil: esto es para gente que está siendo abusada, abusada o tratada mal por alguien que no es cercano. Esta es similar a la orden de restricción por violencia doméstica pero aplica a conocidos y extraños con los que no tenga una relación cercana. Estos pueden ser vecinos, extraños, o alguien que solo haya visto una o dos veces.

2) Orden de Restricción Permanente

Estas usualmente son emitidas después de una TRO. Estas no pueden ser ordenadas a menos que haya una audiencia en la corte. El juez decidirá al final si la víctima necesita una orden de restricción permanente o si hay otras protecciones para ellos que puedan utilizar

A pesar del nombre, una orden de restricción permanente no es para siempre. Usualmente tienen una duración de 3 a 5 años. Las órdenes de restricción por violencia doméstica tienden a ser las que tienen una duración más larga de tiempo. Es posible aplicar para una orden que ha expirado.

3) Orden Protectora de Emergencia (EPO)

Bajo el Código de la Familia de CA Sección 6250, un oficial del cumplimiento de la ley puede solicitar una EPO a las cortes en ciertas situaciones. Una vez que se otorga, es válida por una semana. Si la persona que se le aplica la orden de restricción vive en su casa, los oficiales pueden solicitarle que deje la casa por la duración de la orden.

Los jueces están disponibles 24 horas para oír solicitudes para EPOs. Los oficiales del cumplimiento de la ley son las únicas personas que pueden solicitarlas. No hay manera de que un ciudadano general pueda solicitar una EPO.

Sin embargo, usted puede apelar a un oficial y pedirle que la solicitud sea en su nombre.

Para ser válida, la EPO necesita ser firmada por el juez y emitida por una o varias razones incluyendo:

  • Presentar peligro de violencia doméstica
  • Un anciano o un adulto dependiente que está en la posibilidad de peligro inmediato
  • Un niño que está en peligro de ser abducido

La solicitud también necesita mostrar cómo la EPO va a prevenir la violencia doméstica, abducción, o peligro inmediato. Esto puede ser ya sea por un nuevo comportamiento o un patrón repetido de abuso que ha pasado por la persona a la cual se le va a dar la orden. El propósito de una EPO es proteger a las personas que lo más seguro es que presenten una orden de restricción ya sea temporal o permanente en el futuro.